Utilización del refugio: Reglamento general que rige en los refugios de la FEMPA
Regulación
El presente Reglamento establece la normativa general de utilización en todos los refugios de la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo del Principado de Asturias.
Los usuarios
Son usuarios del Refugio:
- Todos los montañeros, federados o no, que precisen de las instalaciones para desarrollar su actividad deportiva.
- Los socios de los clubes asociados a la FEMPA.
- Los montañeros pertenecientes a otras asociaciones de montaña, nacionales, internacionales o asturianas, con los que hay convenios de corresponsabilidad.
- Las personas expresamente autorizadas por las Federaciones de Montaña.
- Los Guías de Montaña acreditados.
- De manera especial, los servicios de emergencia y seguridad en el desarrollo de su labor profesional (GREIM, Bomberos, Protección Civil, etc).
Los Guardas
Es personal expresamente contratado por la FEMPA para atender el Refugio y son, por tanto, los máximos responsables de la actividad que en ellos se desarrolle, organizando las pernoctas, el avituallamiento, los horarios, el control de usuarios y, en general, cualquier otra circunstancia que afecte a la normativa del refugio y a su mejor aprovechamiento. Se debe respetar su autoridad y sus instrucciones, así como todo lo que afecte al reglamento o normativa del refugio, sin perjuicio de posteriores reclamaciones si se está en desacuerdo con alguna situación.
Identificación e inscripción
Todo montañero que utilice el refugio o sus servicios (pernocta, comedor, etc.) debe identificarse inexcusablemente con su D.N.I. a instancias del guarda. Asimismo, es siempre obligatoria la inscripción en el Libro de Registro si utiliza pernocta. Para disponer de descuentos en servicios es necesario presentar la tarjeta federativa, bien autonómica, nacional o de corresponsabilidad.
Duración de la permanencia
A efectos de que todos los usuarios puedan utilizar los servicios del refugio no se permitirá, salvo casos de fuerza mayor o plazas libres, hacer pernocta más de tres noches seguidas. En todo caso prima el criterio del guarda.
Prioridades en la utilización del refugio
Tendrán siempre prioridad:
- Las personas accidentadas, enfermos o sus socorristas (médicos, enfermeros o similar).
- Los miembros de socorro de montaña (GREIM, Bomberos, Protección Civil, etc.) en labores de emergencias.
- Las personas con expresa autorización de la FEMPA (obreros de mantenimiento, directivos, deportistas en cursillos, etc).
- Los montañeros que tengan confirmada su reserva y lleguen antes de las 19 horas al Refugio. Lo mismo para los montañeros federados que tendrán siempre prioridad sobre los no federados.
- El resto de los usuarios según el orden de llegada después de las 19 horas.
Las reservas
Es conveniente reservar con antelación las plazas a utilizar comunicándolo al Guarda, y llegando antes de las 19 horas al Refugio. Tendrán siempre prioridad en la reserva los federados. Las reservas deberán ser confirmadas por el Guarda, el cual podrá pedir hasta un máximo del 50% del importe de la reserva efectiva de la plaza. Si las reservas se anulan antes de 20 días de la fecha, se devolverá el 100% menos gastos de devolución. Si se anulan entre 5 y 10 días antes, se devolverá el 20% menos gastos de devolución y no se devolverá nada si se anulan en los últimos 5 días. Cada refugio tiene un número máximo de reservas que el Guarda indicará a los solicitantes, siendo el máximo un 60% para los federados.
Libros de Registro y Hojas de Reclamaciones
Cada Refugio dispone de un Libro de Registro para los que utilicen la pernocta. Podrán ser revisados por la FEMPA y por la autoridad competente. Asimismo habrá unas Hojas de reclamaciones en las que, por triplicado, se consignarán incidencias relativas a hechos que originen protestas o problemas en el servicio a los usuarios.
Exposición de Precios y Reglamento
Cada Refugio debe tener bien visible las tarifas de los precios de cada servicio, autorizados por la FEMPA cada año. Deberán consignarse las tarifas de federados y no federados en cada uno de los servicios. Asimismo, este Reglamento debe estar a disposición de quien lo solicite. De manera especial debe exponerse la NORMATIVA GENERAL del Refugio para que todos los usuarios sepan atenerse a ella.
Normativa
Todos los usuarios deben respetar la Normativa del Refugio en orden a su mejor conservación y aprovechamiento:
- Respetando el silencio desde las 23 hasta las 7 horas.
- Dejando todos los enseres utilizados limpios y recogidos antes de marchar.
- Recogiendo las basuras generadas y bajándolas a los contenedores más próximos. Se exceptúan las correspondientes a la actividad del Guarda (cocina y cantina).
- Los aseos, cocina libre y comedor son, en principio, de uso exclusivo de los usuarios alojados en el Refugio, quedando a criterio del Guarda el permitir su utilización por otras personas que soliciten la entrada al recinto y previo abono de una cantidad prefijada.
De manera especial SE PROHIBE:
- Dormir fuera de los dormitorios (salvo caso de emergencia). Los horarios de apertura serán fijados por el Guarda.
- Encender fuego o cocinar fuera del lugar destinado a ello.
- Permanecer en los dormitorios desde las 9 horas de la mañana, salvo enfermedad.
- Desplazar muebles o enseres de su lugar natural.
- Acceder a los dormitorios con botas o materiales de montaña. Éstos se deben colocar en los lugares para ello adecuados (mochileras, salas, etc).
- Introducir en los dormitorios aparatos que causen ruidos o molestias (radios, cassetes, etc).
- Introducir en el refugio cualquier clase de animales.
- Consumir tabaco u otras sustancias dentro del Refugio, por ser ésta una instalación cerrada y sujeta a la normativa vigente.
El Guarda deberá comunicar a la FEMPA cualquier deterioro o anomalía que observase y el causante del mismo, pudiendo recaer la responsabilidad del hecho tanto en la persona como en el Club al que perteneciera. En caso de incidente grave se comunicarán los hechos a la Autoridad competente más próxima.
Uso de Instalaciones
- Las personas, pernoctas o no, que encarguen la comida en el refugio tendrán preferencia para utilizarlo en las horas de 13,30 a 14,30 ó en las que el Guarda fije la atención de la cocina.
- Los aseos y duchas del Refugio sólo podrán ser utilizados por los usuarios del mismo y en horas fijadas por el Guarda.
- Los dormitorios se usarán a partir de las 19 horas en horario de invierno (1/11 a 30/03) y 21 horas en verano.
- Las salas del Refugio pueden ser cerradas para su limpieza en horas prefijadas por el Guarda.
- Si el Refugio dispusiera de teléfono, éste podrá ser utilizado por los usuarios previo abono de la tarifa que se establezca por la FEMPA o la Guardería
Aceptación del presente Reglamento
El uso de cada uno de los Refugios de la FEMPA supone aceptar el presente reglamento, expuesto en ellos. Su incumplimiento grave será causa del abandono del Refugio.